👉 ¿“Aplicaron el sexto método de valoración” y con eso justificaron un ajuste de valor?
Aquí está el giro: el problema no es el sexto método de valoración. El problema es cómo se llega a él… y qué se prueba (o no) en el camino.
Una reciente resolución del Tribunal Fiscal N° 9758-A-2025, vuelve a poner límites claros en valor en aduana, ajuste de valor y uso del sexto método de valoración. Y sí, este pronunciamiento obliga a leer hasta el final.

La trampa silenciosa del “no importa el método”
En valoración aduanera, no importa qué método utilice la Aduana —idénticas, similares, deductivo, reconstruido o sexto método de valoración— siempre que se respete algo que muchas veces se ignora:
Desde el segundo método en adelante, la carga de la prueba es de la Administración Aduanera.
Eso significa que cada descarte previo debe ser técnico, razonado y verificable.
Lo que no está permitido:
– Descartes genéricos
– Atajos “por flexibilidad”
– Ajustes de valor sin comparabilidad demostrada
📌 ¿Qué precisa el Tribunal Fiscal (alineado con el Acuerdo de Valor)?
La resolución es clara y directa:
- La aplicación de métodos distintos al Valor de Transacción no es discrecional, es reglada.
- La “flexibilidad razonable”:
- No autoriza a saltar el orden de métodos.
- No valida referencias sin comparabilidad técnica.
- No reemplaza la obligación de motivar.
Incluso cuando se recurre al sexto método de valoración, la Aduana debe:
- Probar que los cinco métodos previos fueron descartados válidamente.
- Explicar por qué las referencias usadas son razonables, objetivas y compatibles con el Organización Mundial del Comercio.
- Evitar reconstrucciones de valor sin sustento técnico comprobable.
🔍 El punto crítico del caso
En el expediente analizado, el Tribunal determinó que:
La Administración tenía información suficiente para aplicar el Tercer Método, pero optó por el sexto método de valoración sin un descarte técnicamente motivado de los anteriores.
Resultado: ajuste de valor inválido por vulnerar el Acuerdo de Valor.
🚨 El verdadero riesgo
Este pronunciamiento se suma a una línea reiterada del Tribunal Fiscal que deja un mensaje necesario:
El riesgo no está en el método elegido, sino en:
- Aceptar descartes automáticos
- No exigir motivación técnica individualizada
- Confundir flexibilidad con discrecionalidad
Desde el segundo método en adelante, la carga de la prueba es de la Aduana.
Y en valor en aduana, cada ajuste de valor debe sostenerse con análisis real, comparabilidad efectiva y respeto al debido procedimiento.
Cuando la motivación es débil o meramente formal, el problema no es el importador.
👉 El problema es la valoración misma.
Mensaje
La valoración aduanera no es un checklist ni un trámite automático. Exige técnica, razonabilidad y alineación con estándares internacionales.
La Aduana debe motivar, debe probar y debe explicar.
Cuando eso no ocurre, no estamos ante un sexto método de valoración, sino ante arbitrariedad.
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