Drawback, notas de crédito y sanción P20, P66 y P67: No son lo mismo (y SUNAT sí las distingue)

En drawback, uno de los errores más frecuentes —y más caros— no es emitir una nota de crédito, sino no entender qué sanción activa.
Y aquí está la controversia: sanción P20, P66 y P67 no sancionan lo mismo, aunque nazcan del mismo hecho.

La SUNAT lo ha aclarado en sus normas
Y el Tribunal Fiscal en la RTF 10110-A-2025, también.

👉 Si trabajas con drawback, este artículo te puede ahorrar una devolución completa con intereses. Lee hasta el final.

Drawback Notas de Crédito Multa P20 P66 P67

🔎 El error que se repite en casi todas las operaciones relacionadas con el drawback

“Emití una nota de crédito después… pero eso ya lo regularicé en la DAM”

Error común
En drawback, las notas de crédito no se analizan en un solo plano.
Hoy SUNAT evalúa dos planos distintos:

  1. Plano formal → la DAM
  2. Plano sustancial → el beneficio del drawback

Y ahí es donde P20, P66 y P67 se separan.

📌 P66 y P67: el reproche es FORMAL (la DAM)

Cuando hablamos de sanción P66 y P67, hablamos de procedimiento, no del beneficio en sí.

¿Qué sancionan P66 y P67?

Cuando después de la regularización de la DAM se emite una nota de crédito o nota de débito que afecta el valor FOB, el exportador o el despachador debe:

✔️ Solicitar la rectificación de la DAM
✔️ Dentro de los 15 días hábiles desde la emisión de la nota de crédito

🔴 Si no rectificas dentro del plazo → se configura sanción P66 o P67

👉 Aquí SUNAT analiza:

  • Oportunidad
  • Veracidad
  • Cumplimiento del procedimiento

📌 Conclusión clave:
P66 y P67 sancionan cómo informas, no el beneficio del drawback.

📌 Sanción P20: el reproche es SUSTANCIAL (el drawback)

Aquí cambia todo.

Cuando una nota de crédito:

  • Reduce el valor FOB
  • Impacta el drawback ya solicitado o restituido

La obligación ya no es solo rectificar la DAM.

En P20, el beneficiario debe:

✔️ Excluir la nota de crédito
✔️ Rectificar el valor FOB
✔️ Devolver el drawback indebidamente restituido
✔️ Asumir multa e intereses, si corresponde

Si no lo hace, se configura la sanción P20.

📌 Aquí SUNAT ya no discute la DAM:
👉 Discute el beneficio que no debiste obtener.

⚖️ El criterio clave del Tribunal Fiscal (ojo con esto)

El Tribunal Fiscal ha sido contundente:

La emisión posterior de notas de crédito no excluye ni atenúa la responsabilidad.
Por el contrario, activa la obligación legal de rectificar y devolver el beneficio cuando el valor FOB se ve afectado.

📌 En otras palabras:

  • La nota de crédito no te protege
  • La nota de crédito te obliga

No cumplir implica:
👉 No acreditar los requisitos del drawback
👉 Configurar la sanción P20

🚨 ¿Dónde está el mayor riesgo en drawback?

Aquí está la diferencia que muchos subestiman:

EscenarioConsecuencia
P66 / P67Multa por no rectificar a tiempo
Sanción P20Multa + devolución del drawback + intereses

👉 Rectificar tarde es costoso
👉 No devolver el drawback indebidamente percibido es mucho más grave

🧠 La lógica que hoy aplica SUNAT en drawback

Hoy SUNAT analiza dos planos en paralelo:

  • Plano formal (DAM)P66 y P67
  • Plano sustancial (beneficio)sanción P20

📌 Regla de oro:

  • P66 y P67 sancionan cómo/cuándo informas
  • P20 sanciona el beneficio que no debiste obtener

🎯 Mensaje final

En drawback, las notas de crédito no son un simple ajuste contable.
Son el disparador del riesgo.

❗ Entender la diferencia entre sanción P20, P66 y P67 no es teoría:
👉 Es la línea que separa

  • una contingencia controlable
  • de un reparo integral con devolución e intereses

Si trabajas con drawback, notas de crédito y exportaciones frecuentes, este criterio ya no es opcional.

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