¿Cómo declarar tus gastos de transporte para determinar el Valor en aduanas?

Si efectuastes gastos para transportar tus mercancías hasta el lugar de importación, es decir, hacia el punto de llegada donde se realizarán por primera vez las formalidades aduaneras, y no sabes cómo incluírlos en la determinación correcta del valor en aduana. Aquí el detalle de cada tipo de gasto en la estructura de la base imponible de la valoración aduanera:

🧾 Según el tipo, los gastos de transporte, se incluyen en:

a) El valor FOB:

  • INLAND FREIGHT: Flete interno en el país de exportación desde el almacén del vendedor hasta el puerto de embarque.
  • PICK UP: Recojo de mercancías en el almacén del vendedor y colocación en el medio de transporte.
  • THC (Terminal Handling Charge): Manipuleo de contenedores en el país de embarque.

b) En el flete:

  • BAF (Bunker Adjustment Factor): Ajuste del flete por incremento del precio del combustible.
  • COLLECT FEE: Derecho de cancelar el flete en destino.
  • HANDLING: Recepción de documentos de transporte en destino.
  • THC: Manipuleo de contenedores durante transbordos intermedios.
  • Además, se incluye el costo o alquiler de contenedores, cilindros, tanques o similares utilizados para el transporte, siempre que se pueda comprobar con datos objetivos y cuantificables.

❌ ¿Qué señala el numeral 1 del artículo 31 de la Resolución N° 1684 – Actualización del Reglamento Comunitario de la Decisión 571?

Los gastos de transporte y conexos que se realicen desde el lugar de entrega de las mercancías en el exterior hasta el lugar de importación en el territorio aduanero comunitario, incluyen entre otros:

  • Adaptación de las mercancías para la exportación
  • El acarreo y manipulación en territorio extranjero
  • Manejo y entrega de la mercancía hasta el puerto o lugar de embarque
  • Los fletes desde el primer lugar de embarque hasta el lugar de importación en el territorio aduanero comunitario
  • La carga, descarga y manipulación en puertos extranjeros
  • Gastos por envío de los documentos de transporte
  • Gastos por el pago del flete en destino
  • Consumo de combustibles
  • Gastos de consolidación y desconsolidación y de estiba y desestiba en el puerto extranjero
  • Gastos de endosos y de comunicaciones y gastos de sobreestadías por retrasos o demoras en los puertos extranjeros

Recuerda que todos estos GASTOS deben ser incluídos en el Valor en Aduanas y deben ser ajustados para la DETERMINACIÓN DEL VALOR DE TRANSACCIÓN, sin perjuicio de quien los pague a nombre del comprador, de la forma de pago, de que tales pagos se realicen dentro o fuera del territorio comunitario y antes o después de la importación.

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