ALERTA MÁXIMA PARA IMPORTADORES 🚨:

SUNAT modifica el Instructivo de llenado de la DAM – Cambios obligatorios desde el 31 de diciembre de 2025

¿Te imaginas que una simple casilla mal llenada en tu DAM pueda desencadenar reembarques, multas, o incluso activar un control posterior?
Pues prepárate, porque eso es exactamente lo que puede pasar si no entiendes lo que SUNAT acaba de modificar en el Instructivo de llenado de la DAM DESPA-IT.00.04 (V2).

Este cambio es estructural.
Y cambia por completo la forma de declarar operaciones de compraventa internacional.

Sigue leyendo… necesitas conocer cada línea.

DAM Instructivo DAM

🔍 ¿Qué cambió en el Instructivo de llenado de la DAM?

La Resolución de Superintendencia 000349-2025/SUNAT introduce modificaciones que afectarán a TODOS los importadores que numeran una Declaración Aduanera de Mercancías (DAM).

Estos son los cambios clave que debes dominar:

🟦 1. Nuevo límite para el uso de MEDIOS DE PAGO

¿Pago en efectivo? ¿Transferencia fuera del sistema financiero?
Si tu factura supera ciertos montos, el riesgo es inmediato.

✔ Si el valor FOB > US$ 500 o S/ 2,000 → debes bancarizar.
¿Qué pasa si no lo haces?
Antes del levante, cuando el FOB supera US$ 2,000:
  • Reembarque o multa (tú decides).
  • Aplicación de los efectos tributarios del artículo 8 de la Ley 28194.
Después del levante, con FOB > US$ 2,000:
  • Multa obligatoria.
  • Efectos tributarios del artículo 8.
Entre US$ 500 y US$ 2,000:
  • Se aplican igual los efectos del artículo 8.
En otros regímenes aduaneros con FOB > US$ 500:
  • También aplica el artículo 8.

“Si tu operación no está bancarizada, estás a un paso de que tu DAM sea observada.”

🟧 2. Declaración ampliada del INCOTERM

El Instructivo de llenado de la DAM ahora exige detallar:

  • Incoterm pactado
  • Ciudad del lugar de entrega
  • Versión del Incoterm (1990 / 2000 / 2010 / 2020)

SUNAT incorpora oficialmente DPU – Delivered at Place, un Incoterm que influye directamente en:

  • El Valor FOB
  • Los gastos deducibles
  • La trazabilidad de costos

Esto cambia completamente el cálculo del FOB declarado en la DAM.

🟥 3. Obligación de declarar CONDICIONES DE PAGO DIFERIDO

Atención si declaras pago a crédito en la casilla 5.2 del Formato A de la DAM.

Ahora deberás incluir obligatoriamente:

  • Indicador de pago diferido parcial
  • Porcentaje del valor pactado a crédito
  • Plazo del pago diferido (días calendario)
  • Evento que inicia el cómputo (embarque, factura, arribo u “otros”)
  • Fecha exacta del pago cuando se realice

“Si no declaras correctamente tus condiciones de crédito, tu DAM puede ser rechazada.”

🟩 4. Nuevo método de cálculo para el FOB unitario (casilla 5.9)

El Instructivo de llenado de la DAM redefine la fórmula del FOB según Incoterm, incorporando por primera vez el método para DPU.

Esto afecta:

  • FOB total
  • FOB por unidad comercial
  • Gastos excluidos e incluidos

Un error en este cálculo puede activar observaciones automáticas de valoración.

🧠 ¿Qué busca SUNAT con estas modificaciones?

SUNAT está alineando la DAM con:

  • Ley 28194 – Lucha contra la evasión en medios de pago
  • Normas de valoración OMC
  • Trazabilidad financiera
  • Prevención del fraude y la subvaluación
  • Prácticas internacionales Incoterms

Es decir: más control, más trazabilidad, más precisión.

⚠️ Consecuencias de no cumplir correctamente el nuevo Instructivo de llenado de la DAM

Una mala declaración puede desencadenar:

  • ❌ Multas significativas
  • ❌ Reembarques costosos
  • ❌ Observaciones en fiscalización posterior
  • ❌ Rechazo de la DAM
  • ❌ Pérdida de beneficios tributarios
  • ❌ Activación de un control posterior de valoración

“La DAM ya no es un formulario. Es un documento financiero, tributario y logístico que refleja toda tu operación. Y SUNAT le está poniendo lupa.”

✔ Conclusión:

El nuevo Instructivo de llenado de la DAM representa uno de los cambios más importantes, no dominar estos ajustes no es una opción…
Es un riesgo.

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